RELATIVIDAD EN LA INTERPRETACIÓN. (4 y 6 de abril. ARG. JUR.)
Usualmente decimos que para cada sector de la sociedad, los usos y costumbres son distintos en algunos países, será bien visto que las mujeres de casen a muy temprana edad, en otros las mujeres ya ni se quieren casar.
Algunos pueblos de costumbres arraigadas, tiene como costumbre vender a sus hijas, práctica que para algunos sectores de la sociedad en la que vivimos sería atentar contra sus derechos humanos, cuando para ellos es todo un ritual llevar a cabo esta ceremonia. Vienen a colación estos ejemplos porque, cada sector de la población interpreta los hechos de distinta forma.
Cuando acudimos con un psicólogo y nos da a interpretar los típicos dibujos en los que cada quien ve lo que quiere ver, nos damos cuenta que interpretamos los hechos de acuerdo a nuestro estado de ánimo, a los tabús de la sociedad en la que vivimos, a los problemas laborales por los que pasamos, etc. Lo cual me da pie a pensar que somos susceptibles de variar nuestro comportamiento en base a nuestro entorno social. Para la sociedad China el hecho de que las mujeres tengan un pie pequeñito esta visto como un signo de belleza, sin pensar en el perjuicio que le causan a la salud.
Para las tribus de África es correcto que las mujeres porten aros en el cuello y entre mas aros tengan, son más bellas pero de igual forma es en perjuicio de la salud de sus mujeres. Sin embargo, de acuerdo a sus costumbres y tradiciones es lo correcto.
Esta pequeña reflexión me trae a colación la actividad judicial que realizan nuestros juzgadores, pues a ellos se les encomienda una ardua y difícil actividad, en la que muchas veces tienen en sus manos la libertar de las personas, pues al aplicar la ley, no dejan de estar fuera del objetivismo que impera en la actividad judicial, sin embargo no dejan de ser humanos, que tienen un criterio propio y que pueden apoyarse en principios para aplicar el derecho. Muchas veces, las leyes son muy cerradas y ellos están obligados a sujetarse a las disposiciones normativas, deben dejar a un lado sus sentimientos y principios propios para aplicar de la mejor forma la ley y sobre todo en beneficio de la sociedad. Uno de los casos que últimamente estuvo en boga de todos fue el del documental de presunto culpable, en el que demuestra que el juzgador, aplico la ley fuera de todo contexto jurídico. Dándole un sentido totalmente arbitrario a la norma, desconociendo el derecho y las teorías de argumentación jurídica al momento de dictar sentencia. Este documental saco a la luz una serie de irregularidades, que ponen de manifiesto que le hace falta a nuestras autoridades, estudios mas detallados sobre la argumentación, no se puede dejar en manos de gente ignorante la aplicación de la justicia y sobre todo la libertad de inocentes.
Los argumentos que presento el Ministerio Público, de acuerdo al criterio del juez fueron más convincentes que, toda la serie de pruebas que le fueron ofrecidos por los abogados que retomaron el caso. El criterio del juzgador, fue persuadido por los argumentos de los defensores de la sociedad, que desde mi perspectiva no creo que hayan sido los más adecuados, simplemente el juzgador opero fuera de todo contexto jurídico, condenando al procesado a una sentencia arbitraria a todas luces. Es un caso muy vergonzoso para el sistema judicial y para la sociedad en general, por lo que no se pueden dejar esos cargos púbicos en manos de gente que no cuenta con la preparación adecuada. No se vale que gente inocente pase sus días privado de su libertad, solo porque el juzgador carece de técnica argumentativa.
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